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Reforma del Código Contravencional: Macri vs. LLA en CABA

Código Contravencional porteño: Macri endurece las reglas del espacio público y choca con la agenda libertaria en la Legislatura

Dos visiones sobre el orden urbano se disputan el debate legislativo en Buenos Aires. El jefe de Gobierno, Jorge Macri, envió a la Legislatura porteña un proyecto de reforma integral del Código Contravencional que modifica en profundidad la Ley 1472: sube penas, elimina salidas alternativas para adultos, crea un registro de reincidentes y estrena un régimen especial para adolescentes. Al mismo tiempo, legisladores de La Libertad Avanza presentaron su propia propuesta, que en varios puntos va más lejos y en otros traza un camino diferente. El resultado es un escenario legislativo donde el endurecimiento es el punto de acuerdo, pero los métodos generan tensión.

La reforma del Ejecutivo porteño, identificada como Expediente 3155-J-2026, apunta con especial énfasis a las conductas reiteradas en el espacio público. El sistema de reincidencia que propone Jorge Macri toma como ventana temporal dos años desde la sentencia firme y establece una progresión de sanciones que puede llegar a duplicar la pena original a partir de la tercera reincidencia. Para determinadas conductas, como las asociadas a los llamados “trapitos” con extorsión, el arresto podría extenderse hasta 90 días.

El proyecto también elimina la condena en suspenso para personas adultas y suprime la suspensión del proceso a prueba como alternativa procesal. En términos concretos, esto significa que quien sea sancionado por una contravención no podrá, como regla general, evitar el cumplimiento efectivo de la pena. Una multa o una tarea comunitaria incumplida puede convertirse en días de arresto según las equivalencias que establece el propio texto.

Uno de los aspectos más novedosos de la iniciativa oficial es la incorporación de un régimen diferenciado para adolescentes de entre 14 y 17 años. Los menores de 14 quedan directamente fuera del sistema de responsabilidad contravencional. Para el tramo etario contemplado, el proyecto descarta el arresto y prioriza medidas de carácter educativo y reparador: advertencias formales, intervención de equipos interdisciplinarios, continuidad escolar obligatoria, capacitación laboral y tareas comunitarias acordes a la edad. Estas medidas tienen un techo de 12 meses y no pueden superar en gravedad lo que recibiría un adulto por la misma conducta.

En paralelo, el Expediente 3147-D-2026, presentado el 7 de octubre por la legisladora Solana Pelayo junto a once coautores de La Libertad Avanza, traza un recorrido propio sobre los mismos problemas. Las coincidencias con el proyecto de Macri son visibles: ambos textos suben los topes de sanciones, refuerzan el régimen de reincidencia y apuntan a las conductas en el espacio público. Pero las diferencias no son menores.

El proyecto libertario propone un período de reincidencia de tres años, más extenso que el del Ejecutivo, aunque con incrementos de pena más moderados en los primeros escalones: un tercio para la primera reincidencia y la mitad desde la segunda. También mantiene la probation para determinados casos, aunque con restricciones para conductas vinculadas a violencia, acoso, hostigamiento y desigualdad de género. La iniciativa de La Libertad Avanza introduce además el mecanismo del avenimiento, que permite a la Fiscalía y al imputado acordar una pena hasta el mínimo legal, sujeta a homologación judicial.

Uno de los puntos de mayor contraste es el relativo a la autonomía del derecho contravencional. El proyecto de Pelayo establece expresamente que el Código Penal nacional no se aplica de manera directa ni supletoria al régimen contravencional porteño, y prohíbe la interpretación extensiva o por analogía cuando perjudique al imputado. El Ejecutivo, en cambio, contempla la aplicación supletoria del Código Penal en los términos de su propio articulado.

La regulación de los cortes de calles es otro terreno de divergencia. La Libertad Avanza incorpora una tipificación específica para organizadores y coordinadores de obstrucciones viales, con multas de entre 1.000 y 10.000 Unidades Fijas o arrestos de 5 a 15 días. Las penas se duplican cuando la obstrucción afecta hospitales, escuelas o el paso de servicios de emergencia. El proyecto de Macri no contempla una figura equivalente con esa escala específica para los organizadores.

En cuanto a las nuevas conductas incorporadas, la reforma del Ejecutivo porteño agrega figuras que reflejan la agenda de seguridad urbana contemporánea: acecho en la vía pública, obtención fraudulenta de credenciales digitales, venta de datos personales, portación de inhibidores de señal, manipulación de sistemas de pago o de transporte, suplantación de agentes de autoridad y obstrucción de sistemas de videovigilancia. El proyecto libertario, por su parte, incorpora agravantes para agresiones contra docentes, personal de salud, fuerzas de seguridad e integrantes del Poder Judicial, y contempla situaciones de violencia intrafamiliar y ataques en el transporte público.

Lo que está en juego en la Legislatura no es solo una reforma técnica al régimen de faltas urbanas. Es una disputa sobre qué modelo de ciudad quiere proyectar el oficialismo porteño y hasta dónde está dispuesto a ceder terreno a un aliado que, en varios aspectos, propone ir más lejos.